FACILIDADES DE PAGO EN BPS & DGI
MARZO 2021
Debido a la situación por la que atraviesan las empresas como consecuencia del Covid-19, la Ley N° 19.942 creó un nuevo régimen de facilidades de pago para quienes adeuden tributos y aportes a la seguridad social, cuyo vencimiento de pago sea anterior al 28/02/2021. Este régimen se aplica tanto a personas físicas como jurídicas.
A) DEUDAS TRIBUTARIAS CON LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA (DGI)
En virtud de este régimen, las deudas por tributos mantenidas por las empresas se convertirán a unidades indexadas, pudiendo financiarse hasta en 36 cuotas sin multas y recargos, obteniendo, además, intereses de financiación menores.
Los contribuyentes que actualmente tengan un convenio de pagos vigente podrán ampararse en este nuevo régimen por las cuotas pendientes de pago.
B) DEUDAS POR APORTES CON EL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL (BPS)
Este régimen comprende a todas las empresas registradas en el BPS, de todos los sectores de actividad, sean de Industria y Comercio, Construcción, Servicios personales, Servicio doméstico o Rural.
Los contribuyentes podrán convenir los aportes personales, en su monto original, hasta en 36 cuotas en pesos y hasta en 72 cuotas en Unidades Reajustables (UR).
También podrán financiar los aportes patronales hasta en 72 cuotas en UR.
Las solicitudes deberán ser presentadas entre el 01/05/2021 y el 28/02/2022.