Miércoles, 8 de Abril del 2020

CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL

CONVENIOS DE SEGURIDAD SOCIAL

 

En un mundo interconectado, es común el desplazamiento de personas y empresas entre distintos países para vender sus productos o prestar sus servicios. Las empresas, por su lado, establecen filiales o sucursales en varios países, debiendo, en numerosos casos trasladar trabajadores de un país a otro.

Así, puede suceder que un empleado que trabaja en Estados Unidos deba trasladarse al Uruguay para abrir una sucursal y trasmitir al personal local el know- how sobre la forma de trabajo o que un trabajador uruguayo deba mudarse a Chile para abrir una nueva línea de negocios o que un trabajador español deba venir a Uruguay a realizar el mantenimiento de una planta industrial.  

Estos desplazamientos, en esencia temporales, plantean una serie de desafíos. En lo que concierne a la seguridad social la problemática radica en determinar si los años trabajados en el exterior puede “sumarse” a la hora de jubilarse (lo que se conoce como reconocimiento de los años de servicios) o si existen mecanismos que permitan seguir aportando en el país de origen (donde uno se va a jubilar) cuando el traslado al país de destino es de corta duración.

Los Convenios internacionales de seguridad social contienen soluciones que atienden estas problemáticas.

Los Convenios internacionales de seguridad social

Uruguay tiene una política muy activa de firma de convenios de seguridad social, no solo con países de la región, sino también con Estados Unidos, Israel y varios países europeos.

 

Traslados Temporarios

En principio, en ausencia de convenio, el trabajador que se traslada a otro país queda sujeto a las normas de seguridad social del país de destino. Sin embargo y mediante el mecanismo del “Traslado Temporario”, el trabajador puede seguir aportando en su país de origen, siempre que se cumplan ciertas condiciones: a) que las tareas a desempeñar sean de tipo profesional, de investigación, científicas, técnicas, de dirección o similares, b) que el traslado no exceda de un determinado período. En general los convenios establecen un plazo máximo de dos años, con posibilidad de prórroga.

 

Totalización de períodos de cotización

Otro aspecto relevante de los convenios es la posibilidad de sumar años de trabajo realizados en distintos países a los efectos de llegar a los años de servicios requeridos por la ley para poder jubilarse. Es decir, computar años trabajados y montos cotizados en cada uno de los países firmantes del convenio. Así se llega a los años trabajados siendo que el monto de la jubilación se calcula por el sistema “prorrata temporis”.

 

Para que operen estos mecanismos, hay que cumplir con determinadas formalidades y seguir ciertos procedimientos.

 

Países con Convenios:

Alemania, Argentina, Austria, Bolivia, Brasil, Bélgica, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Estados Unidos, Francia, Grecia, Países Bajos, Israel, Italia, Paraguay, Perú, Portugal, Rumania, Rusia y Suiza, son algunos de los países con los que Uruguay tiene convenios.

 

En BCP Asesores podemos asesorarlo y ayudarlo con su tramitación.